Política de Prevención del Soborno y la Corrupción
(ANTISOBORNO)
Fecha de publicación: Diciembre 2025
1. DEFINICIONES
A los efectos de este documento, se entenderá por soborno la oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida, directa o indirecta, de cualquier valor o naturaleza, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de sus obligaciones.
Se entenderá por Organización SERVICIOS Y LOGÍSTICA DE RESCATE, S.L. (en adelante, SLRESCUE).
2. INTRODUCCIÓN
El soborno y la corrupción constituyen fenómenos graves que afectan negativamente al buen gobierno, a la libre competencia y al adecuado funcionamiento de los mercados.
SL RESCUE mantiene una responsabilidad firme e irrevocable con la legalidad, los principios éticos y la integridad empresarial, manifestando una política de tolerancia cero frente al soborno y la corrupción, tanto en el ámbito público como en el privado.
3. OBJETO Y ALCANCE
La presente Política constituye un marco normativo interno de obligado cumplimiento, cuyo objeto es prevenir, detectar y responder frente a riesgos de soborno y corrupción. Será de aplicación a:
- Órgano de Administración
- Dirección
- Personal trabajador
- Profesionales y colaboradores
- Socios de negocio
4. PRINCIPIOS RELATIVOS A LA CORRUPCIÓN Y EL SOBORNO
Quedan absolutamente prohibidos:
- El soborno activo y pasivo
- El cohecho
- El tráfico de influencias
- La corrupción privada en los negocios
- Los pagos de facilitación
5. PAUTAS DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE RIESGO
5.1 Diligencia debida en la contratación de personal
Los procesos de selección se regirán por criterios objetivos, prohibiéndose contrataciones creadas ad hoc.
5.2 Diligencia debida con socios de negocio
Se evaluará la reputación, experiencia y riesgos de terceros antes de iniciar relaciones comerciales.
5.3 Incentivos y retribución variable
Los sistemas retributivos no podrán incentivar conductas contrarias a la legalidad.
5.4 Pagos de facilitación
Quedan totalmente prohibidos, salvo situaciones de extorsión con riesgo grave, que deberán ser comunicadas inmediatamente.
6. POLÍTICA DE REGALOS Y HOSPITALIDADES
Los regalos e invitaciones deberán:
- Tener finalidad legítima y profesional
- Ser razonables y proporcionados
- No superar el límite de 200 € anuales por persona
- No contravenir normas del receptor
Queda prohibida la entrega o recepción de dinero en efectivo o equivalentes.
7. VIAJES, EVENTOS Y DONACIONES
Los viajes y alojamientos de terceros solo podrán cubrirse cuando exista justificación profesional, autorización previa y proporcionalidad económica.
Se prohíben donaciones a partidos políticos.
8. COMUNICACIÓN
SLRESCUE manifiesta su compromiso con la implantación de mecanismos internos que permitan la comunicación de posibles incumplimientos normativos o conductas contrarias a la presente Política, garantizando la confidencialidad de la información y la protección de las personas que comuniquen hechos de buena fe.
La Organización habilitará progresivamente un canal interno de información conforme a lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
9. FORMACIÓN
La Organización promoverá formación periódica y adecuada en materia de prevención del soborno.
10. SEGUIMIENTO, REVISIÓN Y MEJORA CONTINUA
La presente Política será revisada periódicamente y siempre que se produzcan cambios normativos, organizativos o de riesgo relevantes.
11. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento podrá dar lugar a sanciones disciplinarias y a responsabilidades legales.
